Resumen:
En la doctrina y jurisprudencia del TC y CS, se ha establecido que, en los delitos de violación
sexual de menores de edad, la prueba principal e incluso la única es la declaración de la
agraviada, la cual es capaz de destruir la presunción de inocencia del imputado si cumple
con ciertos requisitos. A partir de esta premisa, nos hemos formulado como objetivo: evaluar
si las técnicas de motivación jurídica aplicadas en el Recurso de Nulidad N° 222-2019-Lima,
sobre valor probatorio de la sindicación de la agraviada en delito de violación sexual de
menor de edad, se halla en los parámetros legislativo, administrativo y doctrinario de sistema
jurídico peruano.