Resumen:
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, “mediante la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes, en su calidad de Autoridad Central, para el cumplimiento de las obligaciones que impone el Estado peruano, la Convención de la Haya sobre aspectos civiles de la Sustracción Internacional de Menores de Edad, el 25 de Octubre del año 1980 (resolución Ministerial N°206-2002-PROMUDEH)”, actuando a través de sus abogados “en representación del señor David Romero Cichonda, ciudadano español, interpone demanda de Restitución Internacional de la niña Jennifer Isabel Romero Bazán, contra la señora Sandra Jennifer Bazán Agreda, ciudadana peruana”, con domicilio en el Conjunto Residencial ‘Las Torres de Limatambo’, distrito de San Borja-Lima, con fecha Peruana16 de septiembre de 2013, ante “la Señora juez del Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima, conforme a lo previsto en el art. 3 de la Convención de la Haya sobre los aspectos civiles de Sustracción Internacional de relaciones de edad del año 1980”.