Resumen:
Recientemente, se llevó a cabo la “Reforma de Justicia”, por la cual se pretendía erradicar la corrupción de los enseres de nuestra administración de justicia. Sin embargo, en una reforma estructural, por más eficiente que sea, no podrá advertirse cambios sustanciales en tanto no se comprendan los alcances de los delitos contra la propia administración pública, así como su correcta tipificación para la sanción de los mismos.
En tal sentido, y atendiendo a la constante preocupación en cuanto a los niveles de corrupción que últimamente se han advertido en nuestra administración de justicia, se ve necesario un instrumento que refleje los actos más comunes de corrupción y que, a modo teórico, aporte argumentación doctrinaria a fin de coadyuvara a minimizar los delitos contra la administración, o en su defecto, evitar su impunibilidad.