Resumen:
Actualmente se encuentra vigente el Decreto No. 31 de agosto de 2010. 1094, conocido como 
Código Penal militar policía, y la Ley núm. 29182, modificada por D. Leg. Ley N° 1096 de 
10 de enero de 2008 sobre organización y funciones del territorio de la policía militar; rige 
la justicia militar en el Perú. El primero tiene como objetivo prevenir los delitos cometidos 
en el ejercicio de funciones militares y policiales, proteger e implementar la finalidad 
constitucional de las Fuerzas Armadas del Perú y de la Policía Nacional y contribuir al 
mantenimiento del orden, la seguridad y la disciplina en dichas fuerzas. Orden y el segundo 
tiene por objeto asegurar la estructura, organización, competencia y funciones específicas de 
la jurisdicción de los Carabinieri de acuerdo con la constitución política del Perú, pero la 
interpretación gramatical de dicho texto legal determinó que: ninguno de ellos está 
debidamente adaptado al texto de la constitución política de 1993. en su Art. 173º donde
señala: “En caso de delito 15 de función, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía 
Nacional, están sometidos al Fuero respectivo y al Código de Justicia Militar.