Resumen:
Actualmente se encuentra vigente el Decreto No. 31 de agosto de 2010. 1094, conocido como
Código Penal militar policía, y la Ley núm. 29182, modificada por D. Leg. Ley N° 1096 de
10 de enero de 2008 sobre organización y funciones del territorio de la policía militar; rige
la justicia militar en el Perú. El primero tiene como objetivo prevenir los delitos cometidos
en el ejercicio de funciones militares y policiales, proteger e implementar la finalidad
constitucional de las Fuerzas Armadas del Perú y de la Policía Nacional y contribuir al
mantenimiento del orden, la seguridad y la disciplina en dichas fuerzas. Orden y el segundo
tiene por objeto asegurar la estructura, organización, competencia y funciones específicas de
la jurisdicción de los Carabinieri de acuerdo con la constitución política del Perú, pero la
interpretación gramatical de dicho texto legal determinó que: ninguno de ellos está
debidamente adaptado al texto de la constitución política de 1993. en su Art. 173º donde
señala: “En caso de delito 15 de función, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional, están sometidos al Fuero respectivo y al Código de Justicia Militar.