Resumen:
Lo mismo ocurre con la contratación de los obreros municipales; vemos que en la actualidad los obreros municipales son sometidos a concursos públicos donde compiten rindiendo exámenes de conocimiento para lograr un puesto de trabajo, ello se evidencia en la Municipalidad Provincial de Huanta, entidad edil en el cual se ha requerido en reiteradas oportunidades prestación de labores para trabajos de mantenimiento de áreas verdes, recojo de residuos sólidos, trabajos de guardianería y otros. Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema en sendos pronunciamientos ha referido que la naturaleza de las labores que realizan los obreros municipales corresponde a trabajo manuales y no intelectuales, de manera que su contratación debe obedecer a esa naturaleza de prestación laboral, ello se condice con lo manifestado por el artículo 37º de la Ley número 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que establece que los obreros municipales son servidores públicos sujetos al régimen laboral de la actividad privada y su régimen laboral está enmarcado dentro de los alcances del Decreto Legislativo número 728, régimen laboral acorde a la naturaleza de las labores que realizan.