Resumen:
La presente investigación se centra en la implementación de argumentos que demuestren que el delito de receptación debería de ser regulado como una falta contra el patrimonio, puesto que se evidencian algunos vacíos legales como es el no contar con determinadas cláusulas, las cuales sí existen en otros delitos similares.
Cabe destacar que, al momento de interponer una denuncia penal, se realiza por la lesividad ocasionada; toda vez que, no se toma en cuenta ello, generaría carga procesal, congestionando la administración de justicia. Por todo lo anterior, se desea que el delito de receptación se tramite como falta y que ante un Juzgado Especializado pueda ser evaluado en base a su magnitud.
Palabras clave: Delito de Receptación. Mínima intervención. Patrimonio. Principio de lesividad.