Resumen:
El problema de la violencia contra las mujeres es parte de una expresión cultural de inobservancia de los derechos humanos. Para su prevención, erradicación y sanción, los diversos Estados han desplegado esfuerzos políticos, sociales y legislativos. Por citar, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 1979 la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que fue ratificada por el Estado Peruano, en el año 1982, en la cual establece, en su Artículo 1, que la “discriminación contra la mujer” constituye: “Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la esfera política, económica, social, cultural y civil o cualquier otra esfera”. (CEDAW, 1979, Art.1)