Resumen:
El recurrente Augurio Eulogio Villavicencio Martel interpone demanda de partición de herencia y exclusión de heredero en calidad de legatario del causante José Rafael Gallo Boudon ante el juzgado civil de Lima ; contra la Sociedad de beneficencia Pública de Lima.
Fundamento de hecho:
De los fundamentos de la demanda en la etapa postulatoria se infiere que
María Del Rosario Figueroa fue madre de su único hijo y heredero universal José Rafael Gallo Boudon y Augurio Eulogio Villavicencio Martel legatario y heredero universal de este último.
Objeto del petitorio
Qué ; el juzgado declare al recurrente en calidad de legatario de José Rafael Gallo Boudon, propietario del inmueble ubicado en el departamento “A” calle Corpancho No157-163 del Distrito de Barranco
Fundamentos de derecho
La parte demandante fundamenta su pretensión en los arts.660o,664o,772o,769o del Código Civil; y en los artículos 424°,425°,475°,477°.478° del Código Procesal Civil
Medios probatorios.
-Testimonio de anticipo de legítima independización y división de créditos otorgados por María Del Rosario Boudon Figueroa a favor de su único hijo José Rafael Gallo Boudon.
-Protocolización del expediente del testamento ológrafo de don José Rafael Gallo Boudon a favor del recurrente.
-Acta de defunción de José Rafael Gallo Boudon emitida por la RENIEC. -Copia Literal de la sucesión intestada en la que declara como heredero y legatario universal de José Rafael Gallo Boudon a favor del señor Augurio Eulogio Villavicencio Martel
-Copia Literal de la sucesión intestada a favor de la sociedad de beneficencia pública de Lima Metropolitana.